La Sala Regional indicó las pruebas que el Néstor Camarillo presentó para justificarse fueron
una carta del comisario ejidal de El Molino, comunidad de Zacapoaxtla, y una carta donde se autodescribe como indígena, las cuales fueron suficientes para comprobarlo.
La presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso junto a la mayoría de los magistrados, revocó el fallo que ya había sido dictaminado previamente por la Sala Regional Especializada del TEPJF.
El PAN no justificó gastos de propaganda que ascienden a un monto de 287 mil 680 pesos, y, por consecuencia, el Instituto Nacional Electoral (INE) le impuso una multa por 431 mil 520 pesos.
El pueblo que ha desarrollado su habilidad como orador, a su vez, es capaz también de identificar aquellos discursos que no son más que demagogia barata
El pueblo que ha desarrollado su habilidad como orador, a su vez, es capaz también de identificar aquellos discursos que no son más que demagogia barata