Declara Congreso del Estado la apertura del Primer Periodo Ordinario de Sesiones

El Periodo Ordinario de Sesiones comprende del 15 de septiembre al 15 de diciembre del 2023

0
382

La Mesa Directiva de la LXI Legislatura del Congreso del Estado declaró la apertura del Primer Periodo Ordinario de Sesiones correspondiente al Tercer Año de Ejercicio Legal, que comprende del 15 de septiembre al 15 de diciembre de 2023. 

Para este Periodo Ordinario inició funciones la Primera Mesa Directiva del Tercer Año de Ejercicio Legal, que ejercerá del 15 de septiembre de 2023 al 15 de marzo de 2024 y está integrada por las siguientes diputadas y diputados:

Presidente: Juan Enrique Rivera Reyes
Vicepresidenta: Guadalupe Leal Rodríguez
Vicepresidente: Edgar Valentín Garmendia de los Santos
Secretario: Gerardo Hernández Rojas
Secretaria: María Ruth Zárate Domínguez
Prosecretario: Roberto Bautista Lozano
Prosecretaria: Iliana Jocelyn Olivares López

Como parte del orden del día, el diputado Gerardo Hernández Rojas presentó una iniciativa de reforma al inciso b) de la fracción V del artículo 51 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, con el objetivo de actualizar la denominación de la Ciudad de México.

De esta forma, se precisa que entre las atribuciones del Comité de Comunicación Social del Congreso se tendrá el coadyuvar con la instancia respectiva, en el establecimiento de una comunicación permanente en materia legislativa con los Congresos Federal, Estatales y la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México, a fin de coordinar esfuerzos de adecuación del marco jurídico legal existente, que propicien el mejor desarrollo de la entidad.

La iniciativa del diputado fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su estudio y resolución procedente.

A nombre de las diputadas Guadalupe Leal Rodríguez y Ruth Zárate Domínguez, la diputada Laura Zapata Martínez presentó una iniciativa para reformar los artículos 272 y 273 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla; el inciso e) fracción I del artículo 28 de la Ley de Ingresos del Estado de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2023; y derogar la fracción V del artículo 907 del Código Civil para el Estado de Puebla.

En el artículo 272 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla, respecto a la legalización de documentos procedentes del extranjero, se propone que, para efectos de acreditar la nacionalidad mexicana, bastará con la presentación del documento público extranjero que acredite el nacimiento y la filiación de los padres, acompañado del acta de nacimiento de la madre o padre mexicano, o de ambas según corresponda.

En el artículo 273 del mismo ordenamiento se establece que los documentos redactados en idioma extranjero se presentarán en originales, el Juez se auxiliará de las autoridades, instituciones públicas y personas perito traductoras para la traducción al español. Para efectos de acreditar la nacionalidad mexicana bastará con una traducción simple y en caso de que no se tuviera certeza de la traducción, el Juez a su cargo deberá proveer sobre la traducción.

En cuanto a las reformas a la Ley de Ingresos del Estado de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2023 se establece que no tendrá costo la inserción de datos de registro de nacimiento asentado en el extranjero de persona cuyo padre y/o madre sean de nacionalidad mexicana, incluida la forma valorada.

Mientras, en el Código Civil del Estado se propone derogar que en las actas de matrimonio se haga constar el número de autorización de la Secretaría de Gobernación en el caso de que uno de los contrayentes sea extranjero.

La propuesta legislativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Procuración y Administración de Justicia y de Hacienda y Patrimonio Municipal para su análisis correspondiente.