En Oaxaca la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la restricción en el uso de PET y unicel en el estado.
Esta medida impedía la venta, distribución o uso de envases de un solo uso fabricados con tereftalato de polietileno (PET) y poliestireno expandido (unicel), sin embargo, ante la concesión de amparos a empresas como Femsa, propietaria de Oxxo y Coca-Cola en México, los ministros afirmaron que los gobiernos estatales y municipales carecen de la autoridad para eliminar la utilización de estos materiales.
Inicialmente, estos amparos solo favorecían a las empresas demandantes. No obstante, con la resolución general de inconstitucionalidad 8/2022, aprobada por una mayoría de nueve votos en el pleno de ministros, las fracciones 11 y 12 del artículo 98 de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos del estado de Oaxaca fueron abolidas del ordenamiento jurídico nacional.
En consecuencia, ninguna persona podrá ser multada o sancionada de ninguna forma por emplear estos plásticos.
En contraposición a esta postura, la ministra presidenta, Norma Lucía Piña, sostuvo que el Congreso de Oaxaca sí posee la facultad para prohibir la venta, distribución o utilización de envases conforme a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos en beneficio del medio ambiente.