Para crear instancias municipales de las mujeres y dotar de atribuciones a los Ayuntamientos con el propósito de que implementen acciones para prevenir cualquier conducta que pueda configurar violencia política contra las mujeres en razón de género, el Pleno aprobó reformas a la Ley Orgánica Municipal.
En el dictamen, se establecieron reformas a las fracciones LXVII y LXVIII del artículo 78; y adiciones a las fracciones LIX y LXX al artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal. Como parte de las modificaciones, se indica la obligatoriedad de crear la instancia municipal de la mujer como órgano encargado de instrumentar la política en materia de igualdad de género y de lo previsto en la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Además, se estableció que es atribución de los Ayuntamientos implementar acciones para prevenir cualquier conducta que pueda configurar violencia política contra las mujeres en razón de género, en especial la relativa a limitar o negar arbitrariamente el uso de cualquier recurso o atribución inherente al cargo público o político, incluido el pago de salarios, dietas u otras prestaciones del mismo.
El dictamen, aprobado en sesión ordinaria de la LXI Legislatura, integra iniciativas de las diputadas Nora Merino Escamilla y Tonantzin Fernández Díaz, así como del diputado Carlos Navarro Corro y de los integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política.
Durante la discusión, la diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia expuso que es necesario implementar acciones para evitar que se presenten casos de violencia política contra las mujeres, como limitar o negar el uso de recursos o atribuciones correspondientes al cargo. En tanto, la diputada Tonantzin Fernández Díaz destacó que es necesario prevenir este tipo de violencia desde el ámbito municipal, a través de capacitación y la creación de sus instancias.
Por su parte, el diputado Carlos Navarro Corro mencionó que se mantiene una lucha constante por eliminar las brechas de género y la violencia política, con el propósito de garantizar la participación de todas las personas. La diputada Nora Merino Escamilla señaló que esta iniciativa surgió a partir de las recomendaciones como parte de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, para hacer obligatoria la apertura de instancias municipales.
En otro punto del orden del día, el Pleno aprobó el dictamen por el que se reforma el último párrafo del artículo 21 Bis y las fracciones IX, X, XXI y XXII del 21 Ter; y se adiciona la fracción XXIII al artículo 21 Ter de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla.
Esto, con el propósito de considerar violencia política contra las mujeres en razón de género amenazar o intimidar con la pérdida de su vida o integridad, con demandarla o con divulgar hechos falsos, información privada o que se conoce con motivo de una relación de pareja, familiar o de amistad o con cualquier otro tipo de amenaza; además, menoscabar a una mujer precandidata, candidata o en ejercicio de sus funciones, con motivo de su vínculo de pareja o ex pareja, con el objetivo de denostar su autonomía, negar su individualidad y personalidad propia, o mostrar dependencia, inferioridad o subordinación.