* Al ser una medida cautelar, la suspensión estará vigente hasta que la Suprema Corte determine si el acuerdo es inconstitucional.
De manera parcial, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió la aplicación del acuerdo presidencial que clasifica como de seguridad nacional e interés público los proyectos y obras del Gobierno de México, entre las que se encuentran el Tren Maya o el Aeropuerto Felipe Ángeles.
Ministro rechazó clasificar como reservada, por razones de seguridad nacional, la información pública de los proyectos y obras de la administración de Andrés Manuel López Obrador. Dicha suspensión fue concedida en el momento en el que el máximo tribunal del país admitió a trámite la controversia constitucional promovida por el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) contra el acuerdo presidencial.
“Es procedente la suspensión para que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del acuerdo impugnado que deriven en catalogar la información detallada en este como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectivas prevén para ese efecto”, señaló.
Por su parte, el ministro rechazó también la suspensión respecto a considerar como de seguridad nacional los proyectos para efectos de que todas las dependencias de la administración pública otorguen los dictámenes, permisos y licencias necesarias para su realización.