Icono del sitio Contigo Puebla

Comisión de Gobernación avala reforma constitucional con modificaciones en materia municipal, electoral y administrativa

La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que preside el diputado Julio Miguel Huerta Gómez, aprobó el dictamen para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, que contempla cambios en la integración de los Ayuntamientos, límites a pensiones y jubilaciones, fortalecimiento de los principios que rigen a la administración pública estatal, ajustes al modelo de elección de personas juzgadoras, así como en materia de intervención e injerencia extranjera en los procesos electorales, entre otros.

En materia municipal, el dictamen incorpora las modificaciones derivadas del decreto publicado el 23 de junio de 2026 en el Diario Oficial de la Federación, las cuales establecen cambios sustanciales en la integración de los Ayuntamientos.

Entre las principales disposiciones destacan la conformación de los cabildos bajo los principios de paridad de género horizontal y vertical, la incorporación de la perspectiva de género e igualdad sustantiva, así como la reducción del número máximo de regidurías a 15.

Asimismo, la reforma establece como requisito para participar en los procesos electorales municipales que las personas aspirantes no hayan tenido ni tengan vínculo de matrimonio, concubinato, unión de hecho o parentesco por consanguinidad o afinidad con la persona titular del cargo durante los tres años previos a la elección, con el propósito de fortalecer la imparcialidad y evitar la concentración del poder público.

Por otra parte, el dictamen armoniza la legislación estatal con la reforma constitucional federal publicada el 10 de abril de 2026 en materia de límites a las jubilaciones y pensiones de las entidades públicas. La reforma establece que estos beneficios no podrán exceder el equivalente a la mitad de la remuneración asignada a la persona titular del Poder Ejecutivo Federal, respetando en todo momento los derechos laborales adquiridos.

En concordancia con los principios de disciplina financiera, racionalidad y eficiencia del gasto público, también se fortalecen las disposiciones aplicables a las magistradas y magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, quienes deberán sujetarse a las reglas constitucionales en materia de nombramiento, permanencia, remoción, prerrogativas, responsabilidades y conflicto de interés.

Salir de la versión móvil