EFE. Dos niñas de Nicaragua y una de Ecuador que quedaron embarazadas con 12 y 13 años tras ser violadas se vieron obligadas a llevar un embarazo forzado por las dificultades para acceder al aborto en su países, lo que vulneró su derecho a vivir con dignidad, ha dictaminado este 20 de enero el Comité de Derechos Humanos de la ONU.
El grupo de dieciocho juristas ha publicado una decisión sobre estos casos y ha considerado que obligar a niñas víctimas de violación a sufrir embarazos «es un acto que equivale a tortura», en palabras de la integrante del comité Hélène Tigroudja.
Los casos de Susana, Lucía y Norma (pseudónimos para proteger sus identidades), llegaron al Comité de Derechos Humanos de la ONU en 2019 de la mano del movimiento regional Son niñas, no madres, quienes pidieron un pronunciamiento después de que no fueran adecuadamente investigados en Nicaragua y Ecuador.
Susana, abandonada por su madre cuando tenía un año de edad y enviada a vivir con sus abuelos, comenzó desde los 6 años a sufrir abusos sexuales por parte de su abuelo, miembro de un grupo armado local, y la dejó embarazada a los 12, viéndose obligada a tener el niño.
Por su parte, Lucía tenía 13 años cuando el sacerdote de su comunidad comenzó a abusar sexualmente de ella, fue amenazada cuando intentó denunciar las violaciones y también se vio forzada a llevar su embarazo a término, siendo además sometida a abusos psicológicos y físicos por parte del personal médico durante el parto.
Norma, quedó embarazada con 13 años por el incesto perpetrado por su padre, quien ya había violado a otras niñas de la familia y había sido denunciado a las autoridades ecuatorianas.
«Históricas condenas» del Comité de la ONU
«Es un triunfo muy grande para las niñas», señala a Efeminista la directora asociada de estrategias legales del Centro de Derechos Reproductivos, Carmen Martínez, quien es parte del equipo legal que acompaña a las víctimas.
Explica que estas condenas, que son de obligatorio cumplimiento, son históricas y muy valiosas porque el comité señala que «privar a las niñas de un aborto impone embarazos y maternidades forzadas que vulneran sus proyectos de vida y que por eso se incurre en una violación del derecho a la vida y a la vida digna» establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ratificado por ambos gobiernos, que prohíbe la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Y agrega que sientan un precedente importante no solo para Nicaragua y Ecuador sino también para el resto de los países de la región y para un centenar de naciones que se han suscrito al pacto.
La directora de Comunicaciones para América Latina de Planned Parenthood Global, Marianny Sánchez, añade que los dictámenes hacen «un reconocimiento importante a las voces y a las decisiones de las niñas como sujetas de derecho».
«Por otro lado también es histórico que estas condenas reconocen que la negación del acceso a servicios de salud reproductiva, específicamente a servicios de aborto, constituye una forma de discriminación por razón de género porque se está imponiendo una visión forzada de mujer = madre, o una interpretación sumamente estereotipada de la función reproductiva de las niñas, como mujeres en desarrollo», menciona.
«Estos casos no son aislados sino que son testigo de un fenómeno estructural en donde existe violencia en contra de las niñas y adolescentes de nuestra región. Son casos de violencia de género en general, pero además con cifras altísimas de violencia sexual y aunado a ello embarazos no deseados y maternidad forzadas, como lo categoriza por primera vez el Comité de Derechos Humanos», destaca Martínez.
Embarazo forzado y despenalización del aborto
La coordinadora de litigio estratégico de la organización Surkuna y abogada de Norma, Ana Vera, dice a Efeminista que, en su decisión, el Comité señaló que el Estado ecuatoriano «tiene que tomar todas las medidas posibles para garantizar, sin ningún obstáculo, el acceso de las niñas, adolescentes y mujeres al aborto en casos de violación».
«Esto para nosotras es un mensaje claro de que es fundamental eliminar el delito de aborto del código penal porque no hay otra forma», señala.
En Ecuador, la interrupción del embarazo es legal cuando se practica para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer y, desde 2021, cuando la gestación fue producto de una violación. Sin embargo, en este último caso, las víctimas de violencia sexual solo pueden acceder al procedimiento hasta las 12 semanas de gestación.
«No basta únicamente con que sea legal, tiene que haber acceso efectivo y eso no existe», dice Vera, quien denuncia que en los hospitales «no saben qué hacer ni cómo actuar» ante las solicitudes de aborto, y que además hay una «obstrucción del acceso al aborto por violación» por parte del sistema de Justicia.
«Las cifras muestran que hay un descenso en el acceso. A pesar de que ahora tenemos ley y tenemos guía de práctica clínica del aborto terapéutico y directrices para el acceso al aborto por violación, la cantidad de mujeres, niñas y personas de las diversidades sexo genéricas con posibilidad de abortar que pueden acceder a un aborto legal es super limitada», lamenta.
«La principal barrera es que el aborto sigue estando tipificado como un delito, entonces el acceso a un servicio de salud tan esencial como es la interrupción voluntaria del embarazo queda sujeto a esta dualidad», añade Martínez.
«Por un lado es un delito, y por otro lado es un servicio que tiene que estar garantizado, por lo que nunca se sabe si realmente las sobrevivientes de violencia sexual, como le pasó a Norma, van a poder acceder», agrega la abogada del Centro de Derechos Reproductivos.
Medidas de reparación
En el caso específico de Nicaragua, donde hay una penalización total del aborto, Sánchez asegura que la sociedad civil y la comunidad internacional juegan un rol muy importante para «hacer veeduría ciudadana» y «estar atentos» a lo que pueda hacer el Gobierno.
Y también para exigir que el Estado presente cifras actualizadas acerca del estado de la maternidades en niñas en el país. «La misma decisión del Comité señala que (Nicaragua) es el país de la región con la tasa más alta de embarazos y partos en niñas menores de 14, con un 28 %, y eso también nos habla acerca de los efectos perniciosos de la criminalización total», menciona.
«La criminalización total no repercute en que haya menos partos, todo lo contrario, expone a las niñas a una situación de total vulnerabilidad y desprotección», agrega.
Las defensoras afirman que el Comité de la ONU dio a Ecuador y a Nicaragua 180 días para presentar avances en la ejecución de las recomendaciones y en el cumplimiento de las medidas de reparación a Susana, Lucía y Norma entre las que están las disculpas públicas, una indemnización, acompañamiento psicosocial y que ellas y su hijos puedan terminar sus estudios.
Además, las organizaciones que conforman Son niñas no madres seguirán a la espera de que el Comité se pronuncie por el caso de Fátima, quien sufrió violencia sexual por parte de un funcionario público cuando tenía 12 años, en su natal Guatemala.