Aprueba Congreso de Puebla dictamen para sancionar encubrimiento en casos de feminicidio

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Por unanimidad, el Pleno de la LXI Legislatura aprobó el dictamen mediante el cual se adiciona un segundo párrafo al artículo 212 del Código Penal del Estado de Puebla, para eliminar la exclusión absolutoria de parientes o amistades de personas presuntamente responsables del delito de feminicidio, por encubrirlos o ayudarlos a sustraerse de la acción de la justicia.

La modificación también conocida como “Ley Montse”, tiene el propósito de garantizar el acceso a la justicia y la protección de las víctimas u ofendidos del delito de feminicidio, pues se sancionará el delito de encubrimiento para todas las personas. 

El Código Penal establece en el artículo 211 fracción II como excluyentes absolutorios al cónyuge, ascendientes, descendientes o parientes en línea recta o colateral dentro del segundo grado, así como los que al sujeto activo deban respeto, gratitud, amor o estrecha amistad o vivan con él en concubinato, esto no aplicará para el delito de feminicidio, de acuerdo con la reforma.