La Secretaría de Educación Pública (SEP) dio a conocer hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo número 10/09/23 por el que se establecen las normas generales para la evaluación del aprendizaje, acreditación, promoción, regularización y certificación de las y los alumnos de educación preescolar, primaria y secundaria.
Este ordenamiento es de cobertura nacional y está vigente para escuelas públicas y particulares de Educación Básica, por lo que se revisará periódicamente y considerará la opinión de las autoridades educativas estatales, a fin de asegurar la óptima evaluación del desempeño de alumnas y alumnos.
La evaluación de aprendizajes será competencia exclusiva del personal docente y se realizará con base en las evidencias de todo el proceso de enseñanza-aprendizaje, con el propósito de que las y los maestros determinen los mejores modos de continuar el proceso educativo y decidir sobre la promoción de los estudiantes al siguiente grado o nivel educativo.
Los docentes comunicarán los resultados a estudiantes, así como a madres, padres o tutores en cada uno de los tres periodos de evaluación del ciclo escolar vigente, señalados en el calendario escolar.
El acuerdo señala que en la boleta de evaluación se informará a estudiantes, madres, padres o tutores y a las autoridades escolares el resultado de la evaluación del aprendizaje, según corresponda, a cada grado y nivel de la educación preescolar, primaria y secundaria.
Con el fin de garantizar el carácter nacional de la Boleta de Evaluación, la SEP, a través de la Dirección General de Desarrollo Curricular (DGDC) y de la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR), conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, establecerá su contenido y las características de diseño.
La boleta de evaluación para los tres niveles de Educación Básica deberá contener la siguiente información:
- Nombre de la alumna o del alumno, nivel educativo y grado escolar que cursa.
- Datos de identificación de la institución educativa o del servicio educativo en el que se realizan los estudios.
- Nombre del personal docente responsable de registro.
- Asistencia, entendida como el número de días que la alumna o el alumno asistió a la escuela; se utiliza como referente para la reflexión del personal docente, los responsables de registro, madres, padres de familia o tutoras(es), alumnas y alumnos, sin embargo, no se considera como criterio para la acreditación.
Además, establece que el Plan y Programas de Estudio serán los referentes fundamentales de la propuesta curricular; el perfil de egreso de las y los estudiantes de nivel básico, y los contenidos determinados en los campos formativos de las fases y grados correspondientes.
Los componentes curriculares considerados en el Plan y Programas de Estudio son:
- Ejes articuladores
Inclusión
Pensamiento crítico
Interculturalidad crítica
Igualdad de género
Vida saludable
Apropiación de las culturas a través de la lectura y la escritura
Artes y experiencias estética
- Campos formativos
Lenguajes
Saberes y pensamiento científico
Ética, naturaleza y sociedades
De lo humano y lo comunitario
- Fases de aprendizaje 12 grados (tres de preescolar, seis de primaria y tres de secundaria)
Fase 2. Preescolar (primero, segundo y tercero)
Fase 3. Primaria (primero y segundo)
Fase 4. Primaria (tercero y cuarto)
Fase 5. Primaria (quinto y sexto)
Fase 6. Secundaria (primero, segundo y tercero)
Finalmente, indica que los resultados de la evaluación del aprendizaje para la acreditación y los criterios de la acreditación y la promoción se realizarán conforme a lo siguiente:
La evaluación del aprendizaje para los tres grados de preescolar (fase 2) no se determinará con valores numéricos; se acreditará cada grado con base en la asistencia y la promoción se realizará bajo el mismo criterio.
Para las fases 3, 4 y 5, es decir, los seis grados de primaria, el resultado de la evaluación se expresará en escala de 5 a 10 con observaciones y sugerencias en cada campo formativo. Primer grado se acreditará con base en la asistencia, y de segundo a sexto grado se promoverá a las y los alumnos cuando obtengan promedio final mínimo de 6 en los campos formativos.
En secundaria (fase 6) el resultado de la evaluación se expresará en escala de 5 a 10, los alumnos serán acreditados cuando obtengan promedio final mínimo de 6 en cada disciplina que conforman los campos formativos.