Hasta 15 años en prisión podría costar avalar asentamientos irregulares en Puebla

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Puebla, Puebla. En la entidad poblana, la creación de asentamientos irregulares con fines de vivienda será sancionada con una pena de 4 a 10 años de prisión, luego de que el congreso avalara la iniciativa.

En comisiones, los integrantes del congreso decidieron respaldar la iniciativa del gobernador de Puebla para imponer hasta 15 años de cárcel y multa de hasta 48 mil pesos a quienes permitan la instalación de asentamientos humanos irregulares con fines de vivienda.

Cabe señalar que la pena incrementará hasta a 15 años de cárcel si el asentamiento se realiza en un área natural o zona de riesgo

Esta iniciativa plantea la reforma a la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable, la Ley del Sistema Estatal de Protección Civil y el Código Penal del estado.

De este modo, el dictamen, luego de haber sido aprobado, por las comisiones unidas de Procuración y Administración de Justicia, de Protección Civil y de Desarrollo Urbano, quedó de la siguiente manera:

  1. Se aplicarán de cuatro a 10 años de prisión y multa de 200 hasta 500 Unidades de Medida y Actualización (19 mil 244 a 48 mil 110 pesos) a quienes instiguen, compelen, dirijan o se beneficien de la conformación de un asentamiento humano irregular o promuevan un fraccionamiento irregular.
  • Con el carácter de funcionarios públicos realicen actos u omisiones para alentar, autorizar, aprobar, otorgar, conceder y/o permitir la fundación de asentamientos humanos irregulares en los derechos de vía de infraestructura energética, comunicaciones o zonas de riesgo donde exista la probabilidad de que se produzca un daño por considerarse no aptas para vivienda por los planes de desarrollo urbano.

De este modo, la pena de prisión se incrementará hasta en una mitad (de 6 a 15 años) cuando las conductas se realicen sobre áreas naturales protegidas o de preservación ecológica, en zonas no consideradas aptas para vivienda o en las que exista la probabilidad de que se produzca un daño por considerarse no aptas para vivienda.

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