Icono del sitio Contigo Puebla

Balance General| Participación de los Trabajadores en las Utilidades

Gilberto Soto

Hay plazos que de repente no queremos que lleguen, pero son ineludibles y uno de ellos es el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, el cual para Personas Morales vence el próximo 30 de mayo y para Personas Físicas el próximo 29 de junio.

Como recordaremos el pasado 23 de abril del año 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Reforma a la Ley Federal del Trabajo y uno de los artículos que se reformó es precisamente el que nos habla de la manera en cómo este derecho laboral será entregado a los trabajadores en caso de existir utilidades.

Y fue precisamente la adición de la fracción VIII al artículo 127 de esta ley el cual nos habla de un tope en el PTU del trabajador, el cual textualmente señala: El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, se ha expresado que esto no modifica el procedimiento establecido en la Constitución Federal y en la misma Ley del Trabajo en esta materia, por lo que siempre la parte patronal deberá seguir observando al realizar los cálculos lo señalado en el Artículo 125, las excepciones precisadas en el Artículo 126, así como lo establecido en las fracciones I a VII del Artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo.

Para lo cual, en días pasados publicó esta Autoridad de la Administración Pública Federal la siguiente guía, la cual es de observancia general para todos los patrones:

“Guía para Cumplir con las Obligaciones en Materia de Reparto de Utilidades” autoría de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) difundido el 25 de marzo de 2022, la autoridad hace un pronunciamiento en torno la aplicación de esta nueva fracción III.

En este documento, la autoridad señala los siguientes lineamientos para el cálculo de la individualización de la PTU:

Es importante observarlo, ya que recordemos que una vez concluido el plazo para el pago de la PTU las Secretaria estará realizando inspecciones a los centros de trabajo con el fin de verificar el cumplimiento del pago de este derecho laboral.

CP, LD Y MI Gilberto Soto Beltrán

Email: gilsoto70@prodigy.net.mx

Twitter: @gilsoto70

Facebook: Gilberto Soto

Salir de la versión móvil