Al determinar que es violatorio del derecho a la libertad de expresión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con 10 votos a favor y uno en contra invalidó el delito de ultrajes a la autoridad en Veracruz, reformado por el actual gobierno morenista de Cuitláhuac García.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez del artículo 331 del Código Penal de Veracruz que tipifica el delito de ultrajes a la autoridad mediante una sentencia que surtirá efectos retroactivos al 12 de marzo de 2021.
Por lo que la SCJN, sobre el proyecto de Acción de Inconstitucionalidad 66/2021 elaborado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, determinó que son inconstitucionales los artículos 331, en sus fracciones I, II, III y IV; y 371 fracción II del Código Penal veracruzano, tras argumentar que son violatorios de los derechos a la libertad de expresión, a la información y al principio de la legalidad.
Este artículo establece que se impondrán de seis meses a dos años de prisión y una multa de hasta cuarenta días de salario a quien amenace o agreda a un servidor público en el momento de ejercer sus funciones o con motivo de ellas.
Tras el falloel gobernador Cuitláhuac García aseguró que “no hay problema” y anunció que presentará una nueva iniciativa para cumplir lo que mandata la Constitución, “que es proteger de quien agreda con violencia o armas a la autoridad”.
Adelantó que eliminará la palabra “ultrajes”, aunque no dijo cómo se llamará el nuevo delito. “En definitiva no puede ser ultrajes a la autoridad porque la Corte te lo está diciendo. Puede ser agresión violenta”, comentó.
En conferencia de prensa en Palacio de Gobierno, el mandatario veracruzano indicó que con la decisión de la Corte al menos 200 personas que están presas solamente por el delito de ultrajes a la autoridad pueden ser liberados, aunque ya a 90 de ellos los están vinculando por otros delitos.