Con 266 votos a favor, 219 en contra y cero abstenciones, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó este martes reformas a la Ley de Instituciones de Crédito para que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) pueda congelar cuentas bancarias sin mandato judicial.
Con las modificaciones serán las instituciones financieras las que tendrán que informar a los usuarios si fueron bloqueados en lugar de la UIF de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Sobre la reforma, la UIF agradeció a la Cámara de Diputados pues “con esta reforma legal se introducen elementos para garantizar los derechos de quienes son incluidos en la lista de personas bloqueadas dentro del sistema financiero“.
Además, se elimina la obligación de la UIF de notificar a los usuarios que estén en la lista de personas bloqueadas cuando haya indicios de operaciones con recursos de procedencia ilícita o de financiamiento al terrorismo, por lo que esta responsabilidad queda a cargo de las instituciones de crédito.
El proyecto que fue turnado al Ejecutivo para su promulgación establece la garantía de audiencia para las personas cuyas cuentas hayan sido bloqueadas.
La ley ahora señalará que: “previa solicitud del interesado, se le otorgará audiencia para que, dentro del plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al que la institución de crédito correspondiente le hubiera notificado los fundamentos, causa o causas de su inclusión en la lista de personas bloqueadas”.
Previo a la votación, la diputada de Acción Nacional (PAN) Gina Gerardina Campuzano dijo que “la creación de la UIF tuvo el dotar al estado de una institución útil para combatir el lavado de dinero” y que hoy “ha servido para fines distintos (…) es una arma en contra de opositores y prensa crítica”.
Por último el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna (Morena) dijo, tras la aprobación en lo general del proyecto, que ahora pasará al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.